A partir del 1 de septiembre de 2022, el hecho imponible del Impuesto de Gases Fluorados de Efecto Invernadero deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo de dicho impuesto y, se entenderá realizado tanto si estos gases se presentan contenidos en envases o incorporados en productos, equipos o aparatos.
Recientemente, el Gobierno de España ha realizado una reforma del IGFEI, regulado en el artículo 5 de la Ley 16/2013 de 29 de octubre, a través de una enmienda introducida en una modificación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, la cual fue publicada en el BOE el pasado 8 de julio de 2022.
Con dicha reforma se establecen determinadas medidas en materias de fiscalidad medioambiental, al mismo tiempo que se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
El Real Decreto 712/2022 de 30 de agosto, mediante el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, fue publicado el 31 de agosto de 2022 y está en vigor desde el 1 de septiembre de 2022.
La extensión del IGFEI gravará la fabricación o importación de equipos precargados, así como la primera carga de refrigerantes en nuevas instalaciones, lo que desembocará en un aumento de entre el 5% y el 10%, tal y como han manifestado las asociaciones del sector más destacadas, las cuales ya habían presentado con anterioridad alegaciones al anteproyecto de ley anunciado por el Gobierno en diciembre de 2021.
¿Cómo afectará el nuevo Impuesto a los Gases Fluorados de Efecto Invernadero?
Antes de continuar, destacar que España es uno de los pocos países de la UE que cuenta con un impuesto especial para la emisión de gases fluorados a la atmósfera, que en este tipo de sistemas son utilizados como refrigerantes.
En vigor desde el año 2015 y con el pretexto de simplificar la recaudación de dicho impuesto, el IGFEI extenderá el gravamen a la fabricación o importación de equipos precargados y a la primera carga de refrigerantes en nuevas instalaciones.
Medidas del nuevo impuesto IGFEI:
- Grava la tenencia de gases, no solo el consumo
A partir del 1 de septiembre de 2022 se grava la fabricación o importación de equipos precargados, así como la primera carga de refrigerantes en nuevas instalaciones.
- Adiós a la figura de los “revendedores”
Se elimina la figura de los revendedores (fabricantes, almacenistas e instaladores), que hasta ahora estaba exenta del pago de este impuesto.
- Elimina el CAF para instaladores
También se elimina el CAF para instaladores, que únicamente lo conservarán los almacenistas.
- Elimina la exención a las escuelas de formación
Ahora las escuelas deberán pagar dicho impuesto al comprar gas para sus aulas de formación.
¿Qué efecto se espera que pueda tener el IGFEI en el sector?
- Aumento de los precios finales de los equipos
Dado que el fabricante tendrá que pagar un impuesto por el gas fluorado que contiene el equipo, el precio final aumentará considerablemente, siendo el consumidor final el principal afectado.
- Encarecimiento de las instalaciones
Como hemos comentado, se espera que el precio de las instalaciones pueda encarecerse en torno a un 5% y un 10%, tal y como han calculado las principales asociaciones del sector.
- Pérdida del incentivo para la renovación de equipos
Hasta el momento, el impuesto únicamente gravaba la recarga de gas de equipos antiguos, pero ahora también gravará el gas en equipos nuevos. Esto significa que se pierde el incentivo para la renovación de los equipos más eficientes.
- Penalización por contribuir con la bomba de calor
Por otro lado, el impuesto penalizará la contribución de la bomba de calor en la descarbonización de las instalaciones de climatización, cuando los beneficios medioambientales superan con creces al potenciar perjuicio causado por una potencial fuga de gas refrigerante a la atmósfera.